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3 de septiembre de 2026

Un SMS falso, una baja médica con truco, y un embargo más rápido: lo que hay que vigilar

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1. Si te llega un SMS de la Seguridad Social pidiendo pagar una diferencia de cuota, sospecha

Hay una campaña activa de SMS falsos que suplantan a la Tesorería. El mensaje dice que hay una diferencia pendiente en tus cotizaciones (o, en otra variante, que te toca una devolución) y te lleva a una web que imita a Importass, donde te piden el número de tu tarjeta, la fecha de caducidad y el código de seguridad. Ni la Seguridad Social ni Hacienda piden estos datos por SMS, nunca. Si además el mensaje tiene faltas de ortografía, mezcla idiomas o te mete prisa con amenazas de recargos, son señales claras de que es falso.

Si te llega uno: no lo abras, y si ya lo abriste, no metas ningún dato. Si llegaste a introducir los datos de tu tarjeta, contacta con tu banco de inmediato para bloquearla. Cualquier trámite real con la Seguridad Social se hace siempre entrando tú directamente en Importass, nunca a través de un enlace que te llega por SMS.

2. Si estás de baja y tienes alguna deuda, tienes 30 días para pagarla antes de perder la prestación

Uno de los requisitos para cobrar la baja médica es estar al corriente de pago con la Seguridad Social. Si tienes alguna deuda cuando la solicitas, no te la deniegan automáticamente: te dan un plazo de 30 días para regularizar la situación. Si pagas dentro de ese plazo, cobras la prestación completa. Si no, la pierdes.

Y hay una novedad que se suma a esto: desde el 1 de septiembre, si estás de baja por incapacidad temporal (o tramitando una incapacidad permanente), la Seguridad Social deja de avisarte por correo postal y pasa a notificarte solo a través de tu buzón electrónico. Lo importante: la notificación se considera entregada a los 10 días naturales de estar disponible, la hayas abierto o no. No revisar el buzón no te protege de un plazo que se te pase.

3. Hacienda podrá embargar cuentas en menos de 24 horas —pero no es este mes

Hay un nuevo sistema digital que permitirá a Hacienda embargar el dinero de una cuenta (también en neobancos como Revolut) en menos de 24 horas desde que se emite la orden, e incluso extenderlo a varias cuentas del mismo titular en la misma entidad si en la primera no hay suficiente saldo. Los bancos tienen que estar conectados al sistema a partir de septiembre, pero las reglas de embargo rápido se empiezan a aplicar a los embargos que se emitan a partir del 2 de noviembre, no antes.

Lo que no cambia: los límites de lo inembargable siguen intactos. El salario mínimo (1.221€ al mes en 2026) no se puede tocar, y a partir de ahí se aplica una escala progresiva. Esto es letra pequeña que vale la pena conocer si alguna vez te ves con una deuda con Hacienda, no una alarma para hoy si no debes nada.


Una estafa activa, un plazo que se puede pasar sin darte cuenta, y una norma que cambia sin hacer ruido: exactamente lo que Centinela existe para avisarte a tiempo.

Fuentes: Tesorería General de la Seguridad Social; INCIBE; Guardia Civil; El Economista; Andalucía Información; Diario AyE (autonomosyemprendedor.es).