1. Andalucía quiere una "tarifa plana invertida": ayuda para el que se va y para el que coge el negocio
Todos conocemos la tarifa plana de toda la vida: pagas poquito los primeros meses mientras arrancas. Pues la Junta de Andalucía ha anunciado una versión al revés. La idea es que, cuando un autónomo se jubila y alguien quiere seguir con su negocio, haya ayuda para los dos: dinero para ayudar a pagar la Seguridad Social del que se retira, y un incentivo extra de inicio de actividad para el que se queda con el local, la cartera de clientes o lo que sea.
Es una forma de evitar algo que pasa mucho: el autónomo se jubila, nadie da el relevo, y el negocio cierra tal cual, con clientes, local y años de trabajo incluidos.
Ahora, frena un poco la ilusión, que viene la letra pequeña. Es una medida solo para Andalucía, y por ahora está anunciada, no aprobada. La consejera de Empleo, Rocío Blanco, la presentó en el Parlamento andaluz, pero no ha dado cuantías, requisitos ni fechas. Y en la misma comparecencia soltó otras dos ideas que también están en preparación: ayudas para pagar la cuota de la Seguridad Social durante el segundo año de actividad, y una línea para cubrir la cuota del autónomo cuando está de baja. Todo irá en unas nuevas bases de ayudas que todavía se están redactando.
Si eres andaluz y estás cerca de jubilarte, o te interesa quedarte con un negocio ajeno, apúntalo y espera a que haya papeles de verdad. Cuando salgan las bases, ahí sí hay cifras y plazos.
2. Si te das de baja, esto es lo que de verdad cobras (y lo que sigues pagando)
Esta es de las cosas que nadie te cuenta hasta que te hace falta, y entonces ya es tarde para prepararte. Vamos con ello.
Para cobrar algo por una baja por enfermedad común (o accidente que no sea del trabajo) tienes que cumplir tres cosas: estar dado de alta, estar al corriente de pago con la Seguridad Social, y haber cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años. Si la baja es por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, no te piden ese mínimo de días.
Y ahora la cuenta. En enfermedad común no cobras nada los tres primeros días. Del día 4 al 20 cobras el 60% de tu base, y a partir del día 21 sube al 75%. En accidente de trabajo cobras el 75% desde el día siguiente.
Fíjate en que digo "de tu base", no "de lo que ganas". Se calcula sobre la base por la que cotizas. Así que si llevas años cotizando por la mínima, la prestación va a ser pequeña, y es justo cuando te das cuenta de que la mínima, además de pagar menos, protege menos.
Un detalle que alivia: los dos primeros meses de baja sigues pagando tu cuota como siempre, pero a partir del día 61 dejas de pagarla, porque pasa a cubrirla la mutua o la entidad que te paga la prestación. Respiras un poco, aunque los dos primeros meses duelen.
3. La multa de 225.000 € por despedir a mayores de 50: léete la letra pequeña antes de asustarte
El titular ha corrido bastante: "Yolanda Díaz prepara multas de hasta 225.000 euros para las pymes que despidan a mayores de 50 años". Si tienes empleados, seguro que se te ha encogido el estómago. Vamos a ver qué hay de verdad.
Primero, la norma todavía no está aprobada. Es un proyecto de real decreto que está en audiencia pública, y el Gobierno quiere sacarlo antes de las elecciones del 29 de noviembre, pero puede cambiar por el camino.
Segundo, la multa no es por despedir a alguien de 50 años. Es por no comunicarlo. Lo que se plantea es obligar a las empresas a avisar al SEPE de los despidos de personas de 50 o más, incluidos los individuales, para que no se usen como atajo para recortar plantilla sin pasar por un ERE. Lo que se multa, y con una sanción muy grave, es no hacer ese aviso o hacerlo mal.
Y tercero, según lo publicado hasta ahora, la norma apunta a empresas de más de 100 trabajadores y con beneficios. Si tienes uno, dos o cinco empleados, de momento no va contigo. Eso sí: es un proyecto vivo, y el alcance final puede cambiar, así que conviene estar atento.
La moraleja, como casi siempre con los titulares: el miedo vende más que el matiz.
Una ayuda que todavía no existe, una cuenta que conviene hacer antes de necesitarla, y una multa que no es lo que parecía: justo lo que Centinela está para ponerte en claro.
Fuentes: Libertad Digital; Quipu; Diario AyE (autonomosyemprendedor.es); Que.es.